
Como cada mes de noviembre, los clubes de LaLiga aprobaron modificaciones en la normativa del control económico. En esta ocasión hubo hasta trece cambios ratificados en la Comisión Delegada. Algunas entrarán en vigor ya en el próximo mercado de invierno, mientras que otras no se aplicarán hasta el mercado de verano.
Una de las nuevas normas aprobadas tiene que ver con el artículo 103 y señala que cualquier club puede renovar a un jugador por temporada sin estar sujeto a ningún tipo de requisito, sea cual sea el importe siempre que no supere el 8% del Límite de Coste de Plantilla Deportiva. Esta ‘wild car’ sólo se puede utilizar con un único futbolista y ya está en vigor.
A esta norma podría acogerse el Barcelona para renovar a Robert Lewandowski, por ejemplo, aunque sea a la baja. Si al cuadro azulgrana no le salen las cuentas para fichar a un ‘9’ de garantías la próxima temporada, la continuidad del delantero polaco siempre sería una opción sin necesidad de tener ‘fair play’. Eso sí, ese ‘fair play’ debería devolverlo en la temporada siguiente.
Otras normas aprobadas
Artículo 31.9: Todos los patrocinios que firme un club se deben cobrar durante la temporada. Es decir, no cabe la trampa de firmar con un patrocinador y que pague dentro de tres años. Casi el 100% se debe cobrar durante la temporada. Ya en vigor.
Artículo 67.3: Un club puede ‘guardar’ el dinero de una venta en el mercado de invierno de cara a poder fichar el siguiente mercado de verano. Hasta ahora no se podía, y se ‘obligaba’ a los clubes a tener que gastar ese dinero en esa misma ventana, cuando quizá el club no tenía necesidad. La implantación de esta medida es para que los clubes no pierdan oportunidades de venta que en ocasiones son únicas. Ya en vigor.
Artículo 93.8: Se cambia el porcentaje de lo que LaLiga permitía ‘adelantar’ de Límite de Coste de Plantilla por la pérdida de ingresos por la reforma en los estadios o por las amortizaciones en la construcción de una nueva Ciudad Deportiva. Hasta ahora era hasta un 10% de ese límite y ahora se ha reducido a un 6%. LaLiga cree que el margen de equivocación a veces era demasiado grande y podía haber un desequilibrio en las cuentas. En Segunda mantiene el 10% o 500.000 euros, la cifra que sea mayor de las dos. Ya en vigor.
Artículo 14: Este artículo señala cuándo se pide un informe al auditor y cuándo no. Hay casos en los que el auditor está de vacaciones y LaLiga puede pedir a un experto independiente. Y después LaLiga puede ponderar con el informe de ese experto independiente. En vigor a partir del mercado de verano.
Artículo 44: Hasta ahora, la norma permitía a los clubes que el gasto que un club tiene en el equipo femenino, si el accionista lo pone de su bolsillo, no contara para el Límite de Coste de Plantilla Deportiva hasta un máximo de 2 millones de euros. Ahora se suma a esta medida el gasto en cantera. Son dos millones en total entre el gasto en el equipo femenino y el gasto en cantera, no dos millones en cada sección. Y siempre que lo ponga el dueño o accionista. En vigor a partir del mercado de invierno.
Artículo 57: En operaciones ordinarias, LaLiga puede pedir un informe de solvencia sobre el pagador si el porcentaje de cobro al contado es inferior al 75%. Si es superior al 75%, LaLiga no pide un informe de solvencia.
Artículo 82: Norma enfocada para los equipos de Segunda División. LaLiga pone un límite para la cantidad de una ampliación de capital que puede ir destinada al Límite de Coste de Plantilla Deportiva: un 25% de la cifra de negocio. En Segunda, los clubes podían destinar hasta 4 millones de euros aunque el 25% de su cifra de negocio fuera inferior a eso. Ahora, esa cantidad ha ascendido hasta los 6 millones.
Artículo 93: A través de este artículo, se permite vender a un jugador que no está inscrito. Lo que obliga LaLiga es a tramitar de forma simultánea el alta y la baja del futbolista, para evitar la trampa de que se le inscriba y finalmente quedárselo. El club tiene que llevar a LaLiga el contrato de compra y el de venta. En el caso de que sea una cesión, cuando el futbolista regrese a su equipo de origen, seguirá sin estar inscrito si no ha generado el ‘fair play’ suficiente.
Artículo 94: LaLiga pondrá menos problemas a las reducciones salariales de jugadores mayores de 36 años. En el caso de los porteros, mayores de 38. Solo en casos muy excepcionales se podría denegar una reducción salarial drástica.
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