
l a Comisión Gestora del Athletic Club ha hecho oficial a través de la página web del club la convocatoria de elecciones a la Presidencia y al resto de la Junta Directiva. En ella detalla alguna de las claves para la cita electoral. La cita con las urnas tendrá lugar el próximo viernes 8 de mayo de 2026 en el estadio de San Mamés, en horario ininterrumpido de 09:00 a 21:00 horas.
Requisitos para ser candidato
Las futuras juntas directivas deberán estar compuestas por un mínimo de 9 y un máximo de 21 personas. Las candidaturas tendrán que presentarse de forma oficial entre el 9 de abril y las 18:00 horas del 18 de abril de 2026.
Para aspirar a la presidencia o vicepresidencia, el club exige una antigüedad mínima ininterrumpida de 10 años como socio, serán 5 años para el resto de los vocales. Como requisito indispensable, los candidatos deberán presentar el aval del 5% de los socios con derecho a voto y cumplir con una representación equilibrada, garantizando al menos un 40% de presencia de ambos sexos en sus listas, salvo las excepciones demográficas recogidas en el censo.
Consulta del censo
La masa social rojiblanca podrá verificar su inclusión en el censo electoral entre el 30 de marzo y el 8 de abril de 2026. Cualquier reclamación deberá formularse antes del 13 de abril a través de la Oficina de Atención a Socios/as o del «Txoko» virtual.
Tres vías para ejercer el voto
El club además ha anunciado que dispondrá de un mínimo de 20 urnas y habilitará tres modalidades de sufragio para el 8 de mayo. Por un lado, la votación presencial que se llevará a cabo físicamente en San Mamés con al menos 18 urnas dispuestas para tal fin. No se permitirá publicidad electoral en el recinto. Existirá también la posibilidad de votar de manera online, pero se deberá solicitar previamente en la web antes del 29 a de abril a las 12:00 horas. Requerirá credenciales digitales y verificación por SMS.
La última vía es el voto por correo postal que exigirá una solicitud presencial o notarial previa (también con límite el 29 de abril) y el sobre con el voto deberá obrar en poder de la Junta Electoral una hora antes del cierre de las urnas. Optar por el voto telemático o postal supondrá la renuncia irrevocable al sufragio presencial.
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